Escribir a destajo: Los derechos de autor de José Zorrilla

El caso del escritor José Zorrilla (1817-1893) es paradigmático del a todas luces injusto trato al que los editores se habían acostumbrado a someter a los escritores, y probablemente la razón haya que buscarla no sólo en la ausencia de una ley mínimamente eficaz para protegerlos, sino también en las endémicas dificultades de los creadores artísticos españoles para crear asociaciones profesionales robustas y eficientes. En cualquier caso, hasta tal punto esto fue así que en fecha tan tardía como 1946 el Tribunal Supremo sentenciaba a favor de algunas reversiones de derechos de ciertas obras de Zorrilla (entre las cuales el celebérrimo Don Juan Tenorio) a favor de su heredera.

José Zorrilla.

José Zorrilla.

Los problemas serios para Zorrilla pueden seguirse con precisión y detalle en la serie que en su senectud escribió para El Imparcial (a partir de 1880) y luego publicaría en tres volúmenes titulados Recuerdos del tiempo viejo, y pueden identificarse con precisión en sus acuerdos con el editor madrileño Manuel Delgado (¿?-1848), de quien escribió el poeta: «era el único que sabía lo que yo valía en dinero, que me gruñó siempre, pero no me negó jamás el que le pedí ». Inicialmente, como se cuenta también con jugosos detalles en estos más interesantes que leídos tomos, el flamante editor se ocupó de que se publicaran en forma de volumen los poemas que Zorrilla iba publicando (y cobrando) en la prensa periódica, con un acuerdo por el que pagaba a tanto alzado y se reservaba el derecho perpetuo a la reimpresión y, desde 1839, el mismo tipo de acuerdo se estableció en relación a las obras teatrales, con el agravante de que se aplicaba idéntico principio a los derechos de estreno y representación de las obras, todo lo cual convertían el de Delgado en un negocio redondo del que el escritor apenas se beneficiaba. Así lo cuenta Zorrilla:

Habíame hecho conocer como poeta lírico y como lector en el Liceo: el editor Delgado me compraba mis versos coleccionados en tomos, después de haber sido publicados en El Español y en otros periódicos; pero terminada la guerra carlista con el convenio de Vergara [1839], emigró mi padre a Francia y era forzoso procurarle recursos. Acudí a mi editor D. Manuel Delgado, quien a vueltas de larguísimas e inútiles conversaciones no me dejaba salir de su casa sin darme lo que le pedía; es decir, jamás me lo dio en su casa, sino que me lo envió siempre a la mía a la mañana siguiente del día en que se lo pedí: parecía que necesitaba algunas horas para despedirse del dinero, o que no quería dejarme ver que lo tenía en su casa, o que no era dueño de emplearlo sin consulta o permiso previo de incógnitos asociados. Como quiera que fuere, comenzó a pasarme una mensualidad, de la cual enviaba parte a mi padre; pero era preciso trabajar mucho…

También cuenta cómo fueron las estrecheces económicas las que le llevaron a decidir escribir a cuatro manos y a toda prisa con el también apurado autor del exitoso drama romántico El trovador, Antonio García Gutiérrez (1813-1884), el hoy apenas recordado drama en tres actos Juan Dandolo, por la que cobraron de Delgado 3.000 reales (unos 4,50 euros).

García Gutiérrez.

Sin embargo, el problema grave, acerca del cual Zorrilla incluso proyectó un jamás escrito Don Juan Tenorio ante la conciencia de su autor (para cuya publicación incluso puso fecha), llegó en 1844, el mismo año, curiosamente, en que una pléyade de escritores románticos (el Duque de Rivas, Bretón de los Herreros, Hartzenbusch, etc.) creaban la Sociedad de Autores Dramáticos, uno de cuyos principales objetivos era proteger la propiedad de los creadores. Sin embargo, según dejó escrito David García Aristegui en Por qué Marx no habló del copyright, «La Sociedad no tuvo mucho recorrido, pero supuso el primer intento organizativo de los autores españoles ante los abusos y excesos de empresarios de teatro», quienes, pese a existir desde 1764 disposiciones acerca de la extensión de los derechos a los herederos de los autores (que en 1834 un Real Decreto fijó en diez años tras la muerte del autor), mantenían una situación muy irregular en sus relaciones con los autores en general.

Bretón de los Herreros.Si bien el estreno del Don Juan, cuyo manuscrito Zorrilla entregó a su editor en febrero de ese año, pasó con buenas críticas pero sin pena ni gloria en cuanto a público pese a protagonizarla Carlos Latorre (1799-1851), el autor se embolsó de inmediato 4.200 reales de vellón (equivalentes a unos 7 euros actuales). Nadie podía suponer el colosal éxito que la obra obtendría unos quince años después.

Por el camino, en 1847 se promulgó la primera ley que reconoció de forma extensa y clara los derechos del autor, pero para entonces Zorrilla estaba ya hasta tal punto entrampado que mantuvo el mismo tipo de relación contractual no sólo con Manuel Delgado sino también con su hijo y heredero (Manuel Pedro Delgado García), y jamás recuperó sus legítimos derechos sobre Don Juan. Muy probablemente con esta nueva ley, y con el deseo de aprovechar las ventajas que le ofrecía, hay que relacionar la escritura de la versión del Don Juan Tenorio como zarzuela (estrenada en 1877 con muy escaso éxito), con música del compositor Nicolás Manent (1827-1887), así como el fallido intento de convertirlo en novela (El tenorio bordelés: recuerdo legendario, publicada póstumamente en 1897) y el poema inacabado La leyenda de Don Juan Tenorio. Era muy probablemente un modo de beneficiarse económicamente del éxito de su creación.

Federico Balart.

En sus últimos años de su vida José Zorrilla dejó de cobrar, por restricciones presupuestarias, la pensión que a modo de compensación de una injusticia flagrante el gobierno le había otorgado en 1871, así que se vio en la imperiosa necesidad de solicitar empleo a su editor barcelonés, Montaner y Simón, que sólo pudo ofrecerle una ayuda provisional en metálico, y el dramaturgo no obtuvo una fuente de ingresos regulares hasta que el crítico teatral y poeta Federico Balart (1831-1905) le puso en contacto con Eduardo Gasset y Artime (1832-1884), que acababa de fundar El Imparcial (1867-1933) en cuyo célebre suplemento cultural que dirigía el fino crítico José Ortega Munilla («Los Lunes de El Imparcial») empezó el insigne dramaturgo a publicar regularmente, y además más adelante le dio todas las facilidades para recoger buena parte de esas colaboraciones en prensa. Así contó la jugosa escena el propio Balart:

Por la noche me fui a casa de Eduardo Gasset, a quien encontré solo en su despacho fumando el cigarro de la sobremesa, frente a un enorme jardín de canarios que ocupaba el centro de la habitación.
—Deme usted setenta y cinco duros –—le dije por primer saludo.
Gasset se levantó, me echó el brazo por la espalda, me llevó a su mesa de escritorio, abrió un cajón donde había en abundancia monedas y billetes y me dijo volviéndose a su contemplación ornitológica:
—Tome usted lo que quiera y no se quede corto.
Yo conté quince monedas de cinco duros, me las guardé y alargándole la llave del cajón le dije:
—Le advierto que no son para mí.
—Sobra la advertencia —me contestó—. Ya sabe usted que puede disponer de todo sin explicaciones.
—Es que cuando yo le diga el nombre de quien los recibirá dentro de media hora, sin sospechar el paso que doy en este momento, tendrá usted seguro dos satisfacciones: una por mí y otra por él.
—Eso ya me pica la curiosidad. ¿De quién se trata?
—De un pájaro que no es de cuenta porque nunca ha sabido ajustar las suyas; pero que en cambio canta mejor que los encerrados en esa jaula.
Y le referí el caso. Gasset quería duplicar la cantidad, pero ante mi negativa, cedió, diciéndome al despedirme:
—Diga usted a Zorrilla que mi bolsillo y mi periódico están a su disposición.

José Zorrilla.La muerte impidió que Zorrilla pudiera beneficiarse de la Ley de Propiedad Intelectual de 1879, que amplía el concepto de propiedad literaria y amplía el plazo a ochenta años tras la muerte del autor, pero aún en 1933 se estudiaron seis recursos presentados por Manuel Pedro Delgado contra las órdenes de la Dirección General de Bellas Artes que obligaban a inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual a favor de la sobrina política del poeta, Blanca Arimón Pacheco. Y, con la guerra civil de por medio, el caso no quedó resuelto hasta 1946, es decir: noventa y ocho años después de la publicación de la obra.

Fuentes:

Francisco Cervera, «Zorrilla y sus editores. El Don Juan Tenorio, caso cumbre de explotación de un drama», Bibliografta Hispánica, 3-III-1944, págs. 147-190.

David García Aristegui, ¿Por qué Marx no habló del copyright? La propiedad intelectual y sus revoluciones, Madrid, Enclave de Libros, 2015.

Raquel Sánchez García, «La propiedad intelectual en la España contemporánea, 1847-1936», Hispania, vol. 62, núm. 212 (2002), pp. 993-1020.

 

 

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